Resolución de Alcaldía N° 005-2023-MPT/A
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La Gerencia de Desarrollo Rural y Urbano, es un órgano de línea, responsable de coordinar, organizar, ejecutar, evaluar y monitorear las actividades correspondientes a la elaboración de expedientes técnicos, ejecución de Obras en sus diferentes modalidades; así como supervisarlas y liquidarlas; en concordancia con lo establecido por la ley Orgánica de Municipalidades, las normas de control y de construcciones sobre el particular; de igual forma es responsable de planificar, programar, organizar, implementar, impulsar, evaluar y monitorear las actividades correspondientes al ordenamiento de la ciudad y organización del espacio físico de la Provincia de Tumbes, buscando la articulación de las áreas rurales con la urbana a fin de fortalecer la economía provincial, en concordancia con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades sobre este particular.
1. Establecer relaciones interinstitucionales con el sector privado y público en aras de lograr alianzas estratégicas y proyectos que permitan complementar esfuerzos y recursos, para el logro de mejores y mayores metas de inversiones.
2. Formular directivas, en coordinación con la Gerencia de Planificación y Presupuesto, que normen la presentación y elaboración de proyectos de infraestructura.
3. Elaborar los expedientes técnicos de las obras que tengan que ejecutarse.
4. Elaborar las bases y términos de referencia para convocar la ejecución de obras bajo la modalidad de contrata.
5. Elaborar proyectos de convenios y contratos a suscribirse con terceros para la ejecución de obras.
6. Brindar asesoría y apoyo técnico especializado en elaboración de expedientes técnicos y proyectos de ingeniería, así como la ejecución de obras a las municipalidades distritales.
7. Emitir opinión sobre suscripción de contratos o firma de convenios para elaborar estudios de proyectos.
8. Programar y ejecutar técnicamente obras de ingeniería bajo la modalidad de administración directa, así como proceder a su liquidación técnica financiera respectiva.
9. Programar y evaluar los proyectos de desarrollo comunal previo convenio con la comunidad, instituciones públicas y privadas. así como proceder a la supervisión y liquidación técnica financiera respectiva.
10. Ejecutar obras de emergencia, de acuerdo a las leyes vigentes.
11. Emitir opinión sobre adquisiciones de bienes y equipos de ingeniería.
12. Participar en las comisiones de licitación, concurso público o adjudicación directa de obras y estudios por contrata que la municipalidad programe ejecutar.
13. Supervisar la ejecución de obras y estudios en sus diferentes modalidades, que se ajusten a los expedientes técnicos, contratos, convenios y normas pertinentes sobre la materia.
14. Llevar el registro y control de las fianzas y garantías de los contratistas.
15. Hacer cumplir los calendarios de avance de obras.
16. Participar en la formulación de planes estratégicos de desarrollo de la Provincia de Tumbes.
17. Aplicar el sistema de inversión pública en su etapa de ejecución de proyectos a través de su unidad ejecutora; asumiendo la Sub Gerencia de Obras Públicas, esta responsabilidad.
18. Administrar la maquinaria pesada de construcción de acuerdo a las normas y directivas aprobadas sobre el particular; programando el uso óptimo de las mismas.
19. Elaborar el plan de acondicionamiento territorial provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y de expansión agrícola y las áreas de conservación ambiental.
20. Elaborar el plan de desarrollo urbano, el plan de desarrollo rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el plan de desarrollo de asentamientos humanos y demás planes específicos en base al plan de acondicionamiento territorial.
21. Elaborar informes de opinión sobre acciones de demarcación territorial en la provincia.
22. Normar, tramitar, el otorgamiento de licencias de construcción, remodelación y demoliciones de inmuebles de las áreas urbanas, de conformidad con las normas del reglamento nacional de construcciones y el reglamento provincial respectivo.
23. Supervisar y monitorear las construcciones y remodelaciones autorizadas.
24. Normar y tramitar el reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de asentamientos humanos.
25. Coordinar con la Gerencia de Desarrollo Económico y Medio Ambiente, para brindar autorizaciones sobre ubicación de anuncios y avisos publicitarios y propaganda política.
26. Monitorear y fiscalizar el cumplimiento de los planes y normas establecidos por la municipalidad, en concordancia con la ley orgánica de municipalidades, señalando las infracciones y sanciones correspondientes.
27. Diseñar y ejecutar planes de renovación urbana.
28. Conducir el sistema de supervisión, mantenimiento y actualización del plan director sobre el uso del suelo y vías en concordancia con el D.S Nº 007-85-VC y la Ley 26878 de habilitaciones urbanas.
29. Elaborar planes urbanos específicos, en zonas de interés arquitectónico social, comercial, institucional, de tránsito, de política municipal, paisajístico, ecológico - ambientalista, etc.
30. Normar, regular y planificar el transporte terrestre a nivel de la provincia.
31. Normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de la provincia, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.
32. Normar, regular, organizar mantener e instalar los sistemas de señalización y semáforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehículos, de conformidad con el reglamento nacional respectivo.
33. Normar y regular el transporte público y tramitar las licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros correspondientes, así como regular el transporte de carga e identificarlas vías y rutas establecidas para tal objeto.
34. Promover la construcción de terminales terrestres con la participación del sector privado y regular su funcionamiento.
35. Normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como mototaxis, taxis, triciclos, y otros de similar naturaleza.
36. Opinar y tramitar autorizaciones y concesiones, para la prestación del servicio público de transporte de personas de la provincia.
37. Opinar y tramitar el otorgamiento de certificados de compatibilidad de uso, licencia de construcción, certificado de conformidad de obra y certificado de habilitación técnica determínales terrestres y estaciones de ruta del servicio de transporte provincial de personas de su competencia, según corresponda.
38. Proporcionar mensualmente la información estadística de sus resultados de gestión de las diversas unidades orgánicas bajo su dirección a la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización.
39. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignados por la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia.
La Municipalidad Provincial de Tumbes, tiene como misión principal el dotar de los principales servicios públicos a la ciudadanía para proporcionarles un ambiente adecuado, con el propósito de que puedan satisfacer sus necesidades vitales como son vivienda, educación, salud, transporte, etc. De una manera adecuada y oportuna.
“La Municipalidad Provincial de Tumbes, como órgano del Gobierno Local, es una institución pública que brinda los principales servicios a la colectividad de una manera eficiente y oportuna; ejecutando además, obras de beneficio a la población en su conjunto, buscando el bienestar general en lo que se refiere al acondicionamiento territorial, vivienda, seguridad colectiva, salud y saneamiento ambiental, transporte y circulación vial, cultura, recreación y deporte; todo ello para hacer de Tumbes, una ciudad limpia, bella, segura y progresista”.
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